Regulaciones sobre normas técnicas para instalaciones de acuicultura para peces en el mar, lagos y cuerpos de agua.
Sección 1. Propósito
Las regulaciones tienen como objetivo ayudar a prevenir que los peces escapen de las instalaciones de acuicultura en el mar, lagos y cuerpos de agua, asegurando que el estándar técnico de las instalaciones sea satisfactorio.
Sección 2. Alcance geográfico y de personal de las regulaciones
Las regulaciones se aplican al territorio terrestre y aguas territoriales de Noruega, en la plataforma continental y en la zona económica de Noruega.
Las regulaciones se aplican a cualquier parte que tenga o tenga la obligación de tener una licencia de acuicultura de conformidad con la Ley de 17 de junio de 2005 No 79 relativa a la Acuicultura (Ley de Acuicultura) para la acuicultura de peces.
Las regulaciones se aplican a los productores de bienes y servicios para la industria de la acuicultura, incluidos los cuerpos de inspección y certificación acreditados.
Sección 3. Alcance material de las regulaciones
Las regulaciones se aplican a las instalaciones de acuicultura en el mar, lagos y cuerpos de agua y a los componentes de dichas instalaciones.
Las regulaciones no se aplican a las instalaciones para almacenar peces capturados en corrales de recuperación y corrales de almacenamiento temporal, ni a la acuicultura basada en la captura.
Sección 4. Definiciones
Para los fines de estas regulaciones, se aplicarán las siguientes definiciones:
a) Instalación de acuicultura: instalación para acuicultura de peces,
b) No conformidad: incumplimiento de un requisito que requiere acción correctiva,
c) No conformidad importante: una no conformidad que constituye un riesgo serio de escape de peces y que requiere acción correctiva inmediata,
d) Lona: material textil tejido estrechamente o una combinación de materiales textiles y otros en un recinto,
e) Panel de lona: lona en un marco que forma parte de un recinto,
f) Bolsa de lona: bolsa con forma de lona que constituye una barrera entre el volumen de cultivo en un recinto y la masa de agua circundante,
g) Sistema de posicionamiento dinámico: un sistema que combina un suministro de energía, propulsores y una unidad de control, que se puede operar para mantener una posición fija automáticamente,
h) Equipo auxiliar: equipo que no es parte principal, en donde las acciones del equipo o los defectos o deficiencias en el equipo llevará a un aumento del riesgo de escape de peces,
i) Flotador: estructuras cuyo principal función es proporcionar flotabilidad y/o estabilidad para un recinto,
j) Balsa/barco: estructura desmontable o integrada con un peso total superior a 50 toneladas, que lleva equipo técnico para funciones de acuicultura,
k) Sistema de fondeo: sistema de líneas y sujeciones al fondo cuyo principal función es sujetar una instalación de acuicultura o una balsa/barco flotante en posición,
l) Componente principal: una parte de la instalación de acuicultura que realiza una o varias de las funciones principales de soporte de carga de la instalación. Por ejemplo el recinto, flotador, sistema de amarre, balsa/barco o componente principal integrado,
m) Titular de licencia: cualquier parte que tenga o tenga la obligación de tener una licencia de acuicultura de conformidad con la Ley de 17 de junio de 2005 No 79 relativa a la Acuicultura (Ley de Acuicultura) para la acuicultura de peces,
n) recinto: bolsa de malla u otro sistema de piezas de soporte de carga cuyo principal función es constituir la barrera entre el volumen de cultivo en una unidad de producción y la masa de agua circundante,
o) componente principal integrado: un componente principal que combina varias funciones principales de soporte de carga en una sola unidad integrada,
p) componente: componente principal, pieza estructural para amarre y equipo auxiliar,
q) configuración: la disposición de diseño de la instalación de acuicultura, compuesta por componentes principales y equipo auxiliar,
r) pieza estructural del sistema de fondeo: cadenas, eslabones, ojetes, cuerdas, boyas, conectores, sujeciones al fondo, etc. que forman parte del sistema de fondeo,
s) proveedor: cualquier parte que vende, alquila u ofrece de alguna otra manera componentes o servicios a la industria de acuicultura,
t) equipo auxiliar temporal: equipo auxiliar que se utiliza en la instalación de acuicultura por un período limitado o en condiciones de servicio limitadas,
u) panel de malla: malla en un marco que forma parte de un recinto,
v) bolsa de malla: bolsa con forma de malla que constituye una barrera entre el volumen de cultivo en un recinto y la masa de agua circundante,
w) equipo auxiliar permanente: equipo auxiliar instalado en un componente principal o instalación de acuicultura sin restricciones en su período de uso o condiciones de servicio,
x) sistema de posicionamiento: sistema para mantener una instalación de acuicultura en posición,
y) productor: cualquier parte que produce componentes o servicios para la industria de acuicultura,
z) diseño: documentar la base para el diseño, diseño de disposición, análisis, dimensionamiento, dibujo y descripción de la construcción de una instalación de acuicultura y sus componentes,
æ) trazabilidad: la posibilidad de rastrear la historia, aplicación o ubicación de un producto. La trazabilidad se refiere a la posibilidad de rastrear la historia, aplicación o ubicación de un producto, incluyendo el origen de los materiales y piezas, historial de procesamiento y distribución y ubicación del producto después de la entrega,
ø) verificación: investigación con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos reguladores.
Sección 5. Responsabilidad bajo estas regulaciones
El titular de la licencia es responsable de garantizar que se cumplan los requisitos establecidos en estas regulaciones para la instalación de acuicultura y sus componentes, y para el uso y mantenimiento de los mismos.
Los productores deben asegurar que los bienes y servicios que producen o suministran cumplan los requisitos establecidos en estas regulaciones.
Sección 6. Documentación de cumplimiento
Debe ser posible documentar el cumplimiento de los requisitos de estas regulaciones en todo momento. La documentación debe estar por escrito.
Los requisitos establecidos en los Capítulos 3, 4 y 5, así como en las Secciones 35 y 46 de estas regulaciones, normalmente se pueden cumplir aplicando la NS 9415:2021.
Si se utilizan soluciones distintas a las prescritas en la NS 9415:2021, por ejemplo, normas europeas, normas nacionales en el EEE u otras normas internacionales, debe documentarse que la solución elegida cumple con los requisitos de las regulaciones y que la seguridad contra fallos o accidentes que puedan causar fuga de peces es equivalente o mejor que la obtenida aplicando la NS 9415:2021.
Sección 7. Experiencia
Cualquier parte que participe en las actividades cubiertas por estas regulaciones debe poseer la experiencia profesional necesaria.
Sección 8. Requisitos generales para el diseño, construcción, operación y mantenimiento
Las instalaciones y componentes de acuicultura deben ser diseñados, construidos, operados y mantenidos de acuerdo con las mejores prácticas y conocimientos, y con una seguridad satisfactoria contra cualquier fallo o accidente que pueda causar fuga de peces.
Todos los requisitos relevantes de los Capítulos 4 y 5 deben cumplirse durante el diseño y la construcción. La construcción debe ser de acuerdo con la documentación de producción.
Se deben cumplir todos los requisitos relevantes para la operación y mantenimiento de los Capítulos 4, 5 y 9.
Sección 9. Requisitos relacionados con estudios de sitio
Los sitios potenciales para instalaciones de acuicultura deben ser evaluados con el fin de identificar y cuantificar lo siguiente, como mínimo:
a) las condiciones físicas en el sitio, incluyendo la topografía del fondo y las condiciones del fondo, y
b) las condiciones ambientales en el sitio, incluyendo los siguientes parámetros:
- rango de mareas y niveles de agua alta/baja,
- corrientes,
- viento,
- olas, y
- condiciones de hielo y nieve, incluyendo formación de hielo, hielo flotante y congelación.
El estudio del sitio siempre debe llevarse a cabo y documentarse utilizando las mejores prácticas y mejores conocimientos de las condiciones prácticas y ambientales, incluyendo métodos de medición y cálculo.
El estudio del sitio debe documentarse en un informe de estudio del sitio. Conforme a las Secciones 8 y 11, el informe de estudio del sitio debe ser adecuado para utilizarlo como base para el diseño de la instalación de acuicultura en el sitio.
El informe de estudio del sitio debe registrar los procedimientos y describir cómo se recogieron y procesaron los datos y mediciones.
El informe de estudio del sitio debe contener una carta topográfica del sitio, mostrando lo siguiente como mínimo:
a) puntos de referencia para las mediciones de corriente,
b) puntos de informe para las mediciones de olas,
c) el área en el sitio donde puede ubicarse la instalación de acuicultura.
l estudio del sitio y el informe de estudio del sitio deben dar siempre una imagen representativa de toda el área en la que pueda ubicarse la instalación de acuicultura.
El informe de estudio del sitio debe estar disponible en la instalación de acuicultura en cuestión o en la base de la instalación.
Sección 10. Requisitos relacionados con los organismos de inspección que realizan estudios de sitio
Los estudios de sitio y las actualizaciones deben ser realizados y documentados por un organismo de inspección acreditado para llevar a cabo estudios de sitio, de acuerdo con la Sección 26.
Un organismo de inspección acreditado puede utilizar subcontratistas para realizar algunos de los servicios que forman parte del estudio de sitio, en la medida permitida por la acreditación del organismo de inspección.
Sección 11. Requisitos relacionados con el diseño, las cargas y la capacidad
Las instalaciones de acuicultura deben ser diseñadas para cumplir su propósito, asegurando que:
a) los componentes funcionen juntos de manera segura y estén adaptados entre sí para evitar la fuga de peces,
b) no haya contacto accidental entre los componentes,
c) haya seguridad adecuada contra la fuga de peces debido a la sobrecarga de oleaje y el desplome, y
d) se facilite el mantenimiento y el servicio regular.
Las cargas que puedan afectar a una instalación de acuicultura y sus componentes, incluyendo en situaciones de accidente, deben ser establecidas. Cuando varias cargas puedan ocurrir simultáneamente, se debe aplicar la combinación de carga menos favorable. Las cargas ambientales utilizadas en la dimensionación contra el fallo estructural deben tener un período de retorno de al menos 50 años.
Las cargas ambientales deben establecerse en función de las condiciones ambientales en el sitio, de acuerdo con la Sección 9.
Una instalación de acuicultura y sus componentes deben tener siempre una capacidad adecuada para resistir las cargas y las combinaciones de cargas que puedan surgir durante su vida útil de diseño y la extensión de la vida útil de servicio.
Sección 12. Control del diseño y la construcción
Las personas o organizaciones que diseñen o construyan equipos auxiliares en clase de confiabilidad 2, o componentes principales en clases de confiabilidad 2 o 3, deberán realizar una autoevaluación y un control sistemático interno de estas actividades. Las empresas externas deberán llevar a cabo un control ampliado del diseño y la construcción de componentes principales en clase de confiabilidad 3.
Los requisitos de clase de confiabilidad 3 se aplican al control del diseño y la construcción de:
a) recintos y flotadores, si el número de peces en un solo recinto supera los 200,000 individuos,
b) flotadores, si el número de peces en un flotador supera los 200,000 individuos,
c) sistemas de posicionamiento, si el número de peces en un sistema de posicionamiento supera los 1,500,000 individuos, y
d) componentes principales en instalaciones de acuicultura en sitios donde la altura significativa de las olas puede exceder los 5 metros en un estado del mar con un período de retorno de 50 años o más, según lo establecido en la Sección 9.
En otro caso, el control del diseño y la construcción de componentes principales y equipos auxiliares deberá cumplir con los requisitos de clase de confiabilidad 2.
Los diferentes componentes principales pueden estar en diferentes clases de confiabilidad. Las partes de un componente principal que no tienen impacto en la fuga de peces pueden estar en una clase de confiabilidad diferente a la del resto del componente principal.
Sección 13. Requisitos relacionados con los materiales
Los materiales utilizados en o sobre las instalaciones de acuicultura deben tener características que brinden a la instalación de acuicultura y sus componentes una capacidad y durabilidad satisfactorias durante el tiempo de vida útil de diseño. Los materiales deben seleccionarse teniendo en cuenta:
a) requisitos de carga, según la Sección 11,
b) condiciones de servicio y operación que puedan presentarse durante la vida útil de diseño, y
c) planes de inspección, mantenimiento, reparación y reemplazo.
Sección 14. Requisitos de trazabilidad
Los productores y proveedores de instalaciones de acuicultura y sus componentes deben contar con sistemas de trazabilidad y gestión de no conformidades para garantizar que se cumpla el deber establecido en la Sección 44.
Sección 15. Requisitos relacionados con la marcación
Los productos certificados, productos cuyo ciclo de vida ha sido extendido conforme al Capítulo 7 y los equipos auxiliares deben ser marcados con un número de producto o número de serie único para que cada producto sea identificable.
Las cuerdas de fibra están exentas de la exigencia del primer párrafo y deben ser marcadas con el nombre del fabricante de la cuerda y la norma a la que ha sido fabricada.
La marcación según los primero y segundo párrafos debe ser legible, permanente, duradera y resistente a la manipulación.
Section 16. Los requisitos relacionados con los manuales de usuario
Los fabricantes y proveedores de productos certificados conforme al Capítulo 7 y de equipos auxiliares deben proporcionar un manual de usuario con el producto que proporcione instrucciones claras para el transporte, almacenamiento, instalación, uso y mantenimiento del producto. Como mínimo, el manual de usuario debe contener:
a) información sobre el fabricante y la identificación del producto,
b) una descripción del componente y sus partes constituyentes,
c) una descripción de las interfaces con otros componentes principales y equipos auxiliares.
d) requisitos para la instalación,
e) requisitos para el uso,
f) requisitos para el servicio y mantenimiento,
g) requisitos para el transporte y almacenamiento,
h) historial de versiones que muestre las modificaciones al manual de usuario, y
i) el número de versión del manual de usuario.
El manual de usuario debe indicar las versiones del producto a las que se aplica.
El manual de usuario debe estar disponible en la instalación de acuicultura donde se utiliza el producto certificado o el equipo auxiliar, o en la base de la instalación.
Sección 17. Requisitos relacionados con componentes principales integrados
Un componente principal integrado debe cumplir con los requisitos de todos los componentes principales que forman parte del componente principal integrado.
Sección 18. Los requisitos relacionados con las jaulas
Una jaula deberá tener suficiente capacidad de carga para cumplir su función principal, cf. Sección 4 letra n).
La abertura de malla en una bolsa o panel de red debe ser adecuada para el tamaño del pez, de manera que el pez no pueda pasar a través de la bolsa o panel de red.
La entrada y salida de una jaula cerrada deben estar aseguradas contra la fuga de peces. Una jaula cerrada debe estar protegida contra el exceso de llenado que pueda causar la fuga de peces. Una jaula cerrada que depende de la sobrepresión interna para mantener su forma debe tener redundancia incorporada para evitar la pérdida de sobrepresión.
Sección 19. Requisitos relacionados con el flotador
El flotador debe tener suficiente flotabilidad, estabilidad y capacidad de carga para cumplir su función principal, según lo establecido en la Sección 4 letra i).
Sección 20. Requisitos relacionados con balsas/barcazas flotantes
Las balsas/barcazas flotantes deben tener suficiente flotabilidad, estabilidad, libre bordo y capacidad de carga para cumplir su función principal, según lo establecido en la Sección 4 letra j).
Sección 21. Requisitos relacionados con sistemas de fondeo y posicionamiento
Los sistemas de amarre y posicionamiento deben tener suficiente capacidad para mantener la instalación de acuicultura en su posición.
Los sistemas de posicionamiento dinámico deben estar diseñados de manera que se pueda mantener la posición durante fallas definidas y daños en el sistema, así como durante accidentes.
Sección 22. Requisitos relacionados con el análisis de fondeo
Se requiere un análisis de fondeo para las instalaciones de acuicultura con sistemas de fondeo.
El análisis de fondeo debe:
a) documentar que el sistema de fondeo proporciona un fondeo seguro en el lugar,
b) basarse en el studio de sitio, según lo establecido en la Sección 9, y
c) brindar una imagen representativa de la instalación de acuicultura en el lugar.
La documentación del análisis de fondeo debe contener como mínimo la siguiente información:
a) el lugar al que se aplica el análisis,
b) las suposiciones, métodos de cálculo y cargas utilizadas en el análisis de fondeo,
c) resultados de los cálculos,
d) descripción de la configuración analizada de la instalación y las configuraciones de instalación para las que el análisis es representativo,
e) un dibujo o mapa del sistema completo de fondeo que muestra todos los componentes principales de la instalación,
f) clase de confiabilidad, y
g) declaración de que el sistema de fondeo desplegado cumple con el análisis.
La documentación del sistema de fondeo estará disponible en la instalación de acuicultura a la que se aplica o en la base de la instalación.
Sección 23. Los requisitos relacionados con el despliegue e inspección de sistemas de amarre
El despliegue del sistema de amarre se deberá documentar en un informe de despliegue. El informe de despliegue deberá documentar el diseño y las características del sistema de amarre, así como los resultados de las pruebas de capacidad de retención para los fijaciones en el fondo y en tierra.
El sistema de amarre se deberá inspeccionar después de realizar la prueba de capacidad de retención y antes de emitir el certificado de instalación, y se deberá documentar en un informe de inspección del sistema de amarre. El informe de inspección del sistema de amarre deberá documentar el estado del sistema de amarre, confirmar que los componentes estructurales están instalados de acuerdo con el manual de usuario y registrar las posiciones de las fijaciones en el fondo y en tierra.
Debe haber conformidad en todo momento entre el sistema de amarre desplegado y el análisis de amarre, según lo establecido en la sección 22. La declaración de conformidad se deberá incluir en la documentación del sistema de amarre, después de desplegar e inspeccionar el sistema de amarre. Si se realizan cambios en el sistema de amarre, más allá de las tolerancias en el análisis de amarre, se deberá realizar un nuevo análisis de amarre para documentar la conformidad.
El informe de despliegue y el informe de inspección del sistema de amarre deben estar disponibles en la instalación de acuicultura a la que se aplican los informes, o en la base de la instalación.
Sección 24. Los requisitos relacionados con el equipo auxiliar
El equipo auxiliar debe diseñarse para minimizar el riesgo de escapadas de peces.
El equipo auxiliar que pueda entrar en contacto con una jaula debe estar especialmente diseñado para evitar daños a la jaula.
El equipo auxiliar permanente debe ser capaz de soportar las cargas para las cuales está diseñada la instalación de acuicultura.
Se deben definir limitaciones en el uso de equipo auxiliar temporal.
Sección 25. Requisitos relacionados con los organismos de certificación acreditados
Los organismos de certificación que deben certificar productos deben ser acreditados de acuerdo con los estándares actuales noruegos o europeos, estándares nacionales en el EEA o estándares de acreditación internacional para este propósito.
Los organismos de certificación acreditados deben estar acreditados en áreas que sean relevantes y adecuadas para las actividades que deben realizar los organismos de certificación.
Los organismos de certificación acreditados deben informar a la Acreditación Noruega sobre cualquier rechazo de una solicitud de verificación de certificación de productos, y sobre cualquier suspensión o revocación de la verificación de la certificación de productos. Debe quedar claro de la información de qué producto se trata y las razones para el rechazo, la suspensión o la revocación.
Sección 26. Requisitos relacionados con los organismos de inspección acreditados
Los organismos de inspección encargados de realizar inspecciones en el lugar y emitir certificados de instalación o certificados de extensión de vida útil deben estar acreditados de acuerdo con los estándares noruegos o europeos aplicables, los estándares nacionales en el Espacio Económico Europeo o los estándares internacionales de acreditación para los organismos de inspección.
Los organismos de inspección acreditados deben cumplir con los requisitos de independencia de tipo A o C de acuerdo con los estándares noruegos o internacionales de acreditación aplicables para los organismos de inspección.
Los organismos de inspección acreditados no pueden emitir certificados de instalación para instalaciones de acuicultura o certificados de extensión de vida útil para componentes principales si el organismo mismo ha suministrado componentes principales o ha participado en el diseño o construcción de toda o parte de la instalación. Asimismo, los organismos de inspección acreditados que emiten certificados de instalación o certificados de extensión de vida útil no deben tener ninguna relación personal o financiera con empresas de diseño o construcción que puedan influir en su independencia de juicio. Sin embargo, los organismos de inspección acreditados pueden realizar análisis de amarre, según lo establecido en el Sección 22, y emitir certificados de instalación para la misma instalación de acuicultura si el análisis de amarre se realizó como un servicio acreditado y el organismo de inspección cumple con los requisitos de independencia de tipo A. En tales casos, el certificado de instalación no puede ser emitido por la persona que realizó el análisis de amarre.
Los organismos de inspección acreditados deben estar acreditados en áreas que sean relevantes y adecuadas para las actividades que deben realizar los organismos de inspección.
Los organismos de inspección acreditados deben informar a la Acreditación Noruega sobre cualquier rechazo de una solicitud de certificado de extensión de vida útil e instalación y sobre cualquier revocación de un certificado de instalación. Debe quedar claro en la información qué producto o instalación de acuicultura se refiere y las razones del rechazo, la suspensión o la revocación.
Sección 27. Los requisitos relacionados con la acreditación
La acreditación mencionada en las Secciones 25 y 26 debe ser llevada a cabo por la Acreditación Noruega o por otro organismo de acreditación que sea signatario de los acuerdos internacionales multilaterales relevantes sobre reconocimiento mutuo y que esté establecido en un estado miembro de la UE/EEE.
Sección 28. Requisitos para la certificación de productos
Los componentes principales y las piezas estructurales en un sistema de amarre deben ser certificados por un cuerpo de certificación acreditado, cf. Sección 25.
Sección 29. Requisito para la verificación de la certificación de productos
Al emitir la verificación de la certificación del producto, un organismo de certificación acreditado confirma que los componentes principales y las piezas estructurales de un sistema de amarre cumplen con los requisitos relevantes de los Capítulos 4 y 5.
Al emitir la verificación de la certificación del producto, un organismo de certificación acreditado confirma que el sistema de calidad del fabricante cumple con los requisitos establecidos en la Sección 33. Al menos cada dos años, una organización de certificación acreditada debe auditar al fabricante para asegurar que se mantiene y se cumple el sistema de calidad.
La disponibilidad de un manual de usuario es una condición para la certificación del producto, véase la Sección 16.
La verificación de la certificación del producto se emitirá al fabricante o proveedor.
Sección 30. Requisitos relacionados con la verificación de la certificación de productos
Los requisitos relacionados con la verificación de la certificación de productos incluyen lo siguiente:
a) el nombre, logo, dirección, número de acreditación y firma del organismo de certificación,
b) el nombre del producto, el tipo de producto y una descripción clara del mismo,
c) un número único que identifique la verificación de la certificación del producto,
d) la fecha en la que se emitió la verificación de la certificación del producto,
e) la fecha y período de validez de la certificación del producto,
f) el alcance de la certificación del producto,
g) las normas en las que se basa la certificación del producto,
h) la clase de confiabilidad y criterios de validez de la certificación del producto,
i) el nombre y dirección de la parte que tiene la verificación de la certificación del producto,
j) el nombre y dirección del fabricante,
k) el nombre y dirección del proveedor,
l) la marca de acreditación de Norwegian Accreditation o otro organismo de acreditación reconocido.
Con la verificación de la certificación del producto se adjuntará una lista de la documentación de apoyo en la que se basó la certificación del producto.
Sección 31. Requisito para certificado de producto
Se emitirá un certificado de producto para los productos que hayan sido certificados, de acuerdo con la Sección 28, y que tengan una correspondiente verificación de certificación de producto, de acuerdo con las Secciones 29 y 30. El productor o proveedor proporcionará un certificado de producto con el producto certificado.
Sección 32. Los requisitos relacionados con el certificado de producto
El certificado de producto deberá contener la siguiente información:
a) el nombre, el logo, la dirección y la firma del productor,
b) el nombre y la dirección de la parte que tiene la verificación de la certificación de producto,
c) el número único de la verificación de la certificación de producto,
d) el cuerpo de certificación que emitió la verificación de la certificación de producto,
e) el nombre del producto, el tipo de producto y una descripción clara del producto,
f) la fecha en la que se emitió el certificado de producto,
g) los criterios de validez, incluyendo la vida útil de diseño y la fecha de producción,
h) el número único o el número de serie del producto,
i) las cargas a las que el producto deberá tener la capacidad de resistir durante la duración de su vida útil de diseño,
j) la clase de confiabilidad, cf. Sección 12, y
k) las normas en las que se basa la certificación de producto.
El certificado de producto deberá estar disponible en la instalación de acuicultura donde se esté utilizando el producto o en la base de la instalación.
Sección 33. Requisitos relacionados con el sistema de calidad del productor
El productor de un producto cubierto por un requisito de certificación de producto debe ser capaz de presentar documentación que describa el sistema de calidad de la empresa. Todas las condiciones, requisitos y regulaciones que el productor ha tenido en cuenta se documentarán sistemáticamente en forma de acciones, procedimientos e instrucciones escritos. La documentación del sistema de calidad asegurará una interpretación uniforme de los programas, planes, manuales y registros de calidad.
En particular, la documentación debe contener una descripción detallada de:
a) los objetivos de calidad y la estructura organizativa, así como la responsabilidad y autoridad de la gestión en relación con la calidad del producto,
b) los procesos de producción, los métodos de control y garantía de calidad, y los métodos y procedimientos sistemáticos que se aplicarán,
c) la examinación y prueba que se llevará a cabo antes, durante y después de la producción, incluyendo una especificación de la frecuencia, y una especificación de los límites de tolerancia y criterios para lo que constituye un producto aprobado,
d) los registros de calidad, como informes de inspección, datos de control y calibración, informes sobre las calificaciones del personal utilizado, etc.
e) las posibilidades de verificar que se logra la calidad del producto requerida y que el sistema de calidad funciona de manera efectiva.
Sección 34. Ampliación de la vida útil
La vida útil de los componentes principales y las piezas estructurales del sistema de amarre deberá ser extendida antes de continuar siendo utilizadas más allá de la vida útil de diseño en la que se basa el certificado de producto, el período de validez del certificado de componente principal o el período de validez de una extensión de vida útil anterior.
Las bolsas de malla, paneles de malla, bolsas de lona y paneles de lona están exentos de los requisitos de esta disposición.
Los certificados de extensión de vida útil solo pueden ser emitidos por un organismo de inspección acreditado y deberán confirmar que se cumplen las condiciones en la Sección 35. El certificado de extensión de vida útil también deberá contener la siguiente información:
a) nombre del producto, tipo de producto y una descripción clara del producto,
b) el nombre, logo, dirección, número de acreditación y firma del organismo de inspección,
c) un número único para el certificado de extensión de vida útil, con referencia a todos los certificados de producto, certificados de componente principal y certificados de extensión de vida útil anteriores,
d) las cargas a las que el producto deberá tener capacidad para resistir durante la duración de su vida útil extendida,
e) fecha de verificación de la extensión de vida útil y la fecha en la que expira la extensión de vida útil,
f) clase de confiabilidad, cf. Sección 12, y
g) las normas en las que se basa la verificación del producto.
El certificado de extensión de vida útil deberá estar disponible en la instalación de acuicultura donde se esté utilizando el producto, o en la base de la instalación.
Sección 35. Condiciones para la extensión de la vida útil
Antes de emitir un certificado de extensión de vida útil, se llevarán a cabo lo siguiente:
a) examen, en la medida necesaria, del componente principal o partes estructurales representativas en el sistema de amarre,
b) determinación del estado del componente principal o parte estructural en el momento de la verificación, teniendo en cuenta adecuadamente la incertidumbre, y
c) determinación de cualquier deterioro anticipado en la capacidad o durabilidad del componente principal o parte estructural, teniendo en cuenta adecuadamente la incertidumbre.
Un cuerpo de inspección acreditado solo puede emitir un certificado de extensión de vida útil por un período específico si se ha verificado que:
a) el componente principal o parte estructural cumple con los requisitos establecidos en la Sección 11, Sección 13 y Capítulo 5 durante el período específico de vida útil extendida,
b) el componente principal o parte estructural cumple con los requisitos establecidos en la Sección 15, y
c) un manual de usuario está disponible con los requisitos actualizados de mantenimiento y eliminación.
Si las actividades de acuerdo con los primero y segundo párrafos no son realizadas por un cuerpo de inspección acreditado, el cuerpo de inspección deberá verificar que el trabajo realizado cumpla con los requisitos establecidos en los primero y segundo párrafos.
Un certificado de extensión de vida útil tendrá una validez de al menos dos años y máximo cinco años.
Sección 36. Requisito para el certificado de instalación
Todas las instalaciones de acuicultura deben tener un certificado de instalación emitido por un cuerpo de inspección acreditado para emitir certificados de instalación, según lo establecido en la Sección 26. El certificado de instalación se emite para una instalación de acuicultura en un lugar específico.
Las instalaciones de acuicultura que no cuentan con un certificado de instalación no pueden ser utilizadas para la acuicultura.
Sección 37. Condiciones para emitir el certificado de instalación
Las condiciones para emitir el certificado de instalación son que un cuerpo de inspección acreditado haya verificado que:
a) la instalación de acuicultura cumple con los requisitos de la Sección 11,
b) los componentes de la instalación de acuicultura cumplen con los requisitos de la Sección 12,
c) el sistema de amarre y posicionamiento cumple con los requisitos de la Sección 21,
d) el análisis de amarre cumple con los requisitos de la Sección 22,
e) el informe de implementación y el informe de inspección del sistema de amarre cumplen con los requisitos de la Sección 23,
f) están disponibles los certificados necesarios de productos, cf. Sección 31, las extensiones de vida útil, cf. Sección 34, y los certificados de componentes principales,
g) está disponible un informe de sitio, cf. Sección 9,
h) los componentes de la instalación de acuicultura están en buen estado técnico y están instalados de acuerdo con el manual del usuario.
Si la instalación de acuicultura no se utiliza para la acuicultura en el momento en que se emite el certificado de instalación, la condición de la primera letra h) del primer párrafo se puede descartar. En ese caso, se aplican los siguientes requisitos en su lugar:
1. El titular de la licencia debe presentar al organismo de inspección acreditado procedimientos que muestren cómo se verificará que los componentes de la instalación de acuicultura estén en condiciones técnicas óptimas y se instalen de acuerdo con el manual de usuario antes de su uso.
2. El organismo de inspección acreditado debe verificar, en la medida de lo razonablemente práctico, que los procedimientos presentados son suficientes para cumplir su objetivo antes de emitir el certificado de instalación.
3. A más tardar el día en que se despliega el primer pez, el titular de la licencia debe notificar al organismo de inspección acreditado la hora de despliegue.
4. A más tardar 30 días después de que se haya desplegado el primer pez, el organismo de inspección acreditado debe haber verificado que los componentes de la instalación de acuicultura estén en condiciones técnicas óptimas y se instalen de acuerdo con el manual de usuario.
Si la verificación mencionada en el número 4) no se completa dentro de los 30 días posteriores al despliegue del primer pez, el organismo de inspección acreditado revocará el certificado de instalación y notificará inmediatamente al Directorado de Pesca de la manera prescrita por el Directorado.
Si el organismo de inspección acreditado descubre incumplimientos durante la verificación de acuerdo con el primer párrafo de la letra h) o el segundo párrafo anterior, estos deben ser corregidos dentro de un plazo razonable establecido por el organismo de inspección acreditado. Este tipo de incumplimiento no impide la emisión del certificado de instalación. Si el incumplimiento identificado no se corrige antes del plazo establecido, el organismo de inspección acreditado revocará el certificado de instalación y notificará inmediatamente al Directorado de Pesca de la manera prescrita por el Directorado.
Si el organismo de inspección acreditado descubre incumplimientos importantes durante la verificación de acuerdo con el primer párrafo de la letra h) o el segundo párrafo número 2) anterior, no se emitirá el certificado de instalación hasta que se corrijan. Si el organismo de inspección acreditado descubre incumplimientos importantes durante la verificación de acuerdo con el segundo párrafo número 4), el organismo de inspección acreditado debe asegurar que el titular de la licencia tome medidas correctivas inmediatas y que las no conformidades importantes se cierren posteriormente. Si no se hace esto, el organismo de inspección acreditado revocará el certificado de instalación y notificará inmediatamente a la Dirección de Pesca de la manera prescrita por la Directorado.
Sección 38. Requisitos relacionados con el certificado de instalación
El certificado de instalación deberá documentar que se cumplen las condiciones de la Sección 37. Además, en el certificado de instalación se especificará lo siguiente:
a) el nombre, logotipo, dirección, número de acreditación y firma del cuerpo de inspección,
b) la marca de acreditación de Norwegian Accreditation o un cuerpo de acreditación reconocido equivalente,
c) la fecha de emisión y la fecha de vencimiento del certificado,
d) número único del sitio donde se encuentra la instalación de acuicultura,
e) condiciones ambientales de diseño,
f) cualquier no conformidad existente bajo el tercer párrafo de la Sección 37 y el plazo para cerrarlas,
g) registro de auditoría.
Sección 39. La documentación de la configuración de la instalación
El certificado de instalación deberá describir la configuración de la instalación de acuicultura en el momento de la verificación según lo establecido en la Sección 37 letra h) o en el segundo párrafo de la Sección 37 número 4). El certificado de instalación también deberá describir la posible configuración futura de la instalación. No se podrán realizar cambios en la configuración de la instalación más allá de lo descrito en el certificado de instalación sin obtener un nuevo certificado o actualizar el existente.
La configuración de la instalación se describirá de acuerdo con los requisitos en las letras a-f:
a) para recintos: diseño del plano, dimensiones, material, solidez, sistema de inflado, número de recintos y posición(es),
b) para flotadores: diseño del plano, dimensiones, material, número de flotadores y posición(es),
c) para balsas/barcos flotantes: diseño del plano, dimensiones, material, posición(es) y si las balsas/barcos tienen un sistema de amarre independiente o comparten un sistema de amarre con el resto de la instalación,
d) para sistemas de amarre: información sobre todo el sistema de amarre y un dibujo o mapa que muestre todos los componentes principales de la instalación,
e) para componentes principales integrados: diseño del plano, dimensiones, material, número y posición de los componentes principales de la instalación,
f) para equipo auxiliar permanente; información sobre el uso y posición.
El titular de la licencia de acuicultura está obligado a mantener un registro de todos los componentes principales y componentes estructurales reemplazados y reemplazados en el sistema de amarre en el sitio.
El certificado de instalación y el registro de componentes principales y componentes estructurales en el sistema de amarre deberán estar disponibles en la instalación de acuicultura a la que se aplica el certificado de instalación o en la base de la instalación.
Sección 40. Actualizando un certificado de instalación existente
Un cuerpo de inspección acreditado puede actualizar un certificado de instalación existente. Cuando se identifican y cierran las no conformidades de acuerdo con el tercer párrafo de la Sección 37, un cuerpo de inspección acreditado debe actualizar el certificado de instalación existente.
Cuando se realizan actualizaciones, el cuerpo de inspección acreditado debe:
a) realizar una auditoría parcial para verificar que se cumplen los requisitos de la Sección 37 para las partes de la instalación afectadas por la actualización, y
b) registrar la auditoría parcial en el registro de auditoría del certificado de instalación con el número de auditoría, la fecha de actualización y la descripción del contenido de la actualización.
Sección 41. La vigencia del certificado de instalación
La validez del certificado de instalación es de cinco años a partir de la fecha de emisión. Cuando se actualiza un certificado de instalación existente, la fecha de vencimiento original no se cambia.
La instalación de acuicultura debe estar siempre en conformidad con las condiciones establecidas en el certificado de instalación.
Sección 42. Informando a las autoridades
Un cuerpo de inspección que emita un certificado de instalación de acuerdo con este capítulo deberá enviar una copia del certificado de instalación y los datos que respalden la emisión del certificado a la Dirección de Pesca en la forma prescrita por la Dirección, a más tardar dos semanas después de la emisión.
Sección 43. Instalación, adaptación, operación y mantenimiento
La instalación de acuicultura deberá estar en una condición técnica sólida en todo momento. Los componentes que forman parte de la instalación de acuicultura deben:
a) estar correctamente ensamblados en todo momento y adaptados entre sí de acuerdo con el certificado de instalación y con los requisitos establecidos en estas regulaciones y en los manuales de usuario, y
b) ser operados y mantenidos de acuerdo con los requisitos establecidos en el manual de usuario, cf. Sección 16.
En relación con las operaciones necesarias y temporales en instalaciones de acuicultura, el requisito en la primera letra del párrafo a) puede ser desviado por un corto período si las operaciones están sujetas a un monitoreo cercano y se realizan bajo condiciones controladas.
Sección 44. Obligación de tomar acción en caso de no conformidades, obligación de notificación, etc.
Si un productor o proveedor de productos o servicios para la industria acuícola es o debería estar al tanto de no conformidades en sus propios productos o servicios que puedan dar lugar a la fuga de peces, están obligados a tomar acción adecuada para cerrar las no conformidades sin demora indebida. El productor o proveedor deberá notificar inmediatamente a la Dirección de Pesca y a los destinatarios del producto o servicio sobre la no conformidad.
Si el titular de una licencia de acuicultura es consciente o debería ser consciente de no conformidades en productos o servicios que puedan dar lugar a la fuga de peces, el titular de la licencia está obligado a tomar acción adecuada para prevenir o limitar la fuga de peces sin demora indebida. El titular de la licencia deberá notificar inmediatamente a la Dirección de Pesca y al proveedor del producto o servicio sobre la no conformidad.
La notificación de no conformidades de acuerdo con los primeros y segundos párrafos anteriores se presentará a la Dirección de Pesca en la forma prescrita por la Dirección.
Sección 45. Requisitos relacionados con la certificación para la inspección y reparación de bolsas de redes, paneles de redes, bolsas de lona y paneles de lona
Un productor de servicios que debe examinar o reparar bolsas de redes, paneles de redes, bolsas de lona y paneles de lona deberá tener un documento de certificación emitido por un cuerpo de certificación acreditado, cf. Sección 26.
El documento de certificación deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
a) el nombre, dirección y número de organización del productor de servicios,
b) el nombre, logotipo, dirección, número de acreditación y firma del cuerpo de certificación,
c) un número único para el documento de certificación,
d) la fecha de expedición del certificado,
e) las normas en las que se basa la certificación de la empresa, y
f) los servicios para los cuales la empresa está certificada.
Sección 46. Requisito para la inspección y reparación de bolsas de redes, paneles de redes, bolsas de lona y paneles de lona
Las bolsas de red, paneles de red, bolsas de lona y paneles de lona deben tener una tarjeta de servicio emitida por un productor de servicios certificado, según la Sección 45, a más tardar 24 meses después de ser utilizados y en caso de que su uso supere la vida útil asumida en el certificado del producto.
Las condiciones para emitir una tarjeta de servicio son que la empresa certificada haya:
a) examinado y realizado las reparaciones necesarias en la totalidad de la bolsa de red, panel de red, bolsa de lona o panel de lona, y
b) verificado que la bolsa de red, panel de red, bolsa de lona o panel de lona cumpla con los requisitos de la Sección 11, Sección 18 y en el manual del usuario, según la Sección 16.
La tarjeta de servicio debe contener la siguiente información:
a) el nombre, la dirección y la firma del productor de servicios certificado,
b) la identificación del documento de certificación para la empresa certificada,
c) la identificación de la bolsa de red, panel de red, bolsa de lona o panel de lona,
d) los criterios de aceptación y los resultados de los exámenes,
e) la descripción de la ubicación y la extensión de cualquier daño,
f) la descripción de cualquier reparación,
g) el período de validez de la tarjeta de servicio.
Un productor de servicios certificado establece el período de validez de la tarjeta de servicio. El período de validez de la tarjeta de servicio puede ser de hasta 24 meses.
Un productor de servicios certificado puede extender el período de validez de la tarjeta de servicio o el certificado del producto una vez por hasta cuatro meses, si el productor de servicios certificado ha realizado un examen que muestre que la bolsa de red, panel de red, bolsa de lona o panel de lona está en un estado satisfactorio. Para las bolsas de red, paneles de red, bolsas de lona o paneles de lona utilizados para la acuicultura de halibut, el período de validez de la tarjeta de servicio o el certificado del producto puede ser extendido una vez por hasta 12 meses, si el productor de servicios certificado ha realizado un examen que muestre el estado de la valla ser satisfactorio.
Si el titular de la licencia es o debería ser consciente de daños en una bolsa de malla, panel de malla, bolsa de lona o panel de lona que puedan resultar en la fuga de peces, el titular de la licencia debe asegurarse de que un productor de servicios certificado examine y, si es necesario, repare el componente en cuestión lo antes posible.
El remiendo local y temporal necesario para evitar la fuga de peces mientras la bolsa de malla, panel de malla, bolsa de lona o panel de lona está en uso no se considera "reparación" en virtud de esta disposición. El remiendo local y temporal de una bolsa de malla, panel de malla, bolsa de lona o panel de lona deberá ser examinado y aprobado o reparado por un productor de servicios certificado.
La documentación que registra el examen, la reparación y la aprobación de los remiendos acompañará a la bolsa de malla, panel de malla, bolsa de lona o panel de lona. Un productor de servicios certificado deberá considerar si el remiendo o la reparación afecta el período de validez de la tarjeta de servicio o la vida útil restante del certificado de producto y, si es necesario, acortarlo.
Sección 47. El derecho de dispensa
La Dirección de Pesca puede otorgar una dispensa de estas regulaciones en casos especiales.
Sección 48. Sanciones penales y otras sanciones por incumplimiento
Las violaciones de las regulaciones o decisiones tomadas en virtud de las regulaciones pueden dar lugar a sanciones penales y otras sanciones de acuerdo con la Ley del 17 de junio de 2005 No 79 relacionada con la acuicultura.
Sección 49. Vigencia y abrogación de los reglamentos
Las regulaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2023. Las regulaciones de 16 de agosto de 2011 número 849 relativas a los requisitos para los estándares técnicos para instalaciones flotantes de acuicultura se revocarán con efecto a partir de la misma fecha.
Sección 50. Disposiciones Transitorias
Hasta el 1 de enero de 2024, los titulares de licencias y los productores de bienes y servicios pueden elegir cumplir con los requisitos de estas regulaciones o de las regulaciones de 16 de agosto de 2011 N° 849.
Los certificados de producto, los certificados de componente principal y los certificados de instalación emitidos antes del 1 de enero de 2024 con arreglo a las regulaciones de 16 de agosto de 2011 N° 849 y cualquier restricción en ellos, continuarán siendo válidos después del 1 de enero de 2024.
Los certificados de instalación emitidos con arreglo a los requisitos de las regulaciones de 16 de agosto de 2011 N° 849 no pueden ser actualizados después del 31 de diciembre de 2023.